A comienzos de año se estableció la Nueva Normativa de Bolsas de Plástico que entró en vigor el pasado 1 de julio, tras una prórroga. Dicha normativa incumbe a todos los comercios y establecimientos españoles, incluido el sector hostelero, estableciendo lo siguiente:
- Se deben de cobrar todas las bolsas entregadas en el establecimiento.
- El precio lo establece el comerciante. Se aconseja que varíe entre los 3 y 30 céntimos de euros por unidad. Por ejemplo:
- Bolsas con espesor inferior a 15 micras que no sean para graneles o reducción del desperdicio alimentario: oscilarían entorno a los 5 céntimos de euro por bolsa.
- Bolsas con espesor entre 15 y 50 micras: 15 céntimos de euro por bolsa.
- Bolsas con espesor de más de 50 micras y entre un 50% y 70% reciclado: 10 céntimos de euro por bolsa.
(Importante tener en cuenta que estos precios son solo orientativos, el precio final lo marca el comerciante).
- Las bolsas con espesor de hasta 15 micras, cuyo uso sea por higiene o destinado a reducir el desperdicio alimentario, estarán exentas de cobro.
Por tanto, los consumidores de un restaurante o similar, tienen la posibilidad de llevarse la comida sobrante de su plato en dichas bolsas sin coste alguno.
- El cobro de las bolsas de plástico debe de figurar en el ticket de compra.
- Es obligatorio exponer al público en un lugar visible del establecimiento, un cartel informativo de los precios de las bolsas, incluyendo referencia al Real Decreto nº 293/2018 de 18 de mayo y con el texto del cumplimiento de las obligaciones.
- Todos los comercios que incumplan una de las normas citadas anteriormente podrán ser sancionados con una multa de hasta 900€, así lo dispone la Ley de Residuos y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Ley 22/2011.
Se tiene previsto para 2020, la prohibición de venta de todo tipo de bolsas (independientemente del peso), con la excepción de las producidas con material compostable.
Adaptarse lo antes posible, es una necesidad para todos.