Las tres entidades de gestión de derechos de autores, creadores, artistas y ejecutantes de obras culturales, han publicado las nuevas tarifas para este año 2015, en locales de restauración. Se han actualizado de acuerdo con el IPC final de 2014, que salió negativo, en concreto, el -1%.
Se establece una diferenciación entre el Uso Secundario (de bares) y el Uso Necesario (de restaurantes). Este tipo de tarifas también puede considerarse como de “disponibilidad”, pues se cobra un canon en función de los metros cuadrados de cada local.
En las tarifas de Uso Esencial figuran las de los locales donde para acceder a un evento sea necesaria una invitación, como salones de bodas y comuniones. También se llaman Tarifas de Uso Efectivo ya que se paga en función de la cantidad exacta de personas que tienen acceso a esa música.
Con todo esto, la nueva ley de propiedad intelectual que recientemente se acaba de aprobar en el Congreso, habla de estructura tarifaria, no de precios. Esto denota la apertura para los hosteleros de nuevas vías de negociación con las entidades de gestión.
Recordamos que, para reproducir una canción en un establecimiento, hay que tener en cuenta los derechos de autor de la misma y en torno a esto actúan diversos organismos. En primer lugar está la SGAE, que representa los derechos de autor, al creador de la obra, en segundo lugar figura AIE, que representa a los artistas y ejecutantes de la obra; y por último la AGEDI u organismo encargado de la producción y distribución de esta obra. Así, y bajo su derecho a la propiedad intelectual, estos organismos de gestión tienen la facultad de cobrar a esos locales las tarifas que ellos consideren justas y proporcionales al uso realizado.