La Asociación de Empresarios de Hostelería de Vizcaya ha encargado a la empresa Hispajuris un informe en el que se formulan una serie de interrogantes sobre algunos aspectos dudosos de la recién aprobada Ley Antitabaco.
Entre los principales interrogantes que se plantean en este informe destaca lo relativo a las “sociedades gastronómicas”, lugares de uso colectivo de titularidad privada. Deben ser considerados como espacios públicos o de uso colectivo, en cuyo caso estaría prohibido fumar, como sucede, según criterio del Ministerio, con otras instalaciones privadas de uso colectivo, como piscinas y polideportivos privados, en las que no está prohibido fumar al aire libre pero sí en sus espacios cerrados.
En esta línea se encuentra el interrogante planteado a Sanidad sobre la posibilidad de fumar en eventos deportivos y lugares donde se celebren espectáculos al aire libre en presencia de menores.
Otro de los puntos que desde la Asociación de Hostelería de Vizcaya se quiere destacar es lo relativo a las infracciones y la responsabilidad del hostelero, solicitándose que se pide clarificar el término permitir [fumar en los lugares en que exista prohibición total, o fuera de las zonas habilitadas para al efecto], es decir se solicita concretar la tipificación de la infracción. En este sentido también se denuncia que la discriminación que pueden sufrir los hosteleros con respecto a otros, ya que no aclara quién debe hacer valer la prohibición en otras zonas en las que también está prohibido fumar como parques infantiles, hospitales, jardines…..
Otro de los puntos que no queda 100% claro en la nueva ley es lo relativo a los centros de trabajo, sobre todo en lo relativo al trabajo de personal interno en domicilios privados.
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